1. Orientar las actuaciones como instancia técnica de consulta y asesoría en temas concernientes a la juventud a fin de constituirse en enlace y canal de comunicación en la transmisión de información formulación de políticas y desarrollo de proyectos. 2. Dirigir la formulación, ejecución y evaluación de la política pública de juventud de Jamundí en espacios, instancias y organizaciones pertinentes. 3. Liderar la incorporación transversal de la política pública de juventud en las instancias competentes municipales. 4. Coordinar el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de los planes municipales de juventud y su inclusión en el Plan de Desarrollo Municipal. 5. Brindar asistencia técnica a las demás dependencias de la Administración Municipal, sobre la inclusión en planes, programas y proyectos de elementos relacionados con la política pública de Juventud del Municipio. 6. Adelantar e impulsar las acciones necesarias para consolidar el sistema Municipal de juventud, así como sostenimiento y divulgación. 7. Brindar apoyo, asistencia técnica y promoción a los procesos de elección y conformación del Consejo de Juventud. 8. Promover la constitución y fortalecimiento de redes de organizaciones e instituciones que adelantan programas a favor de la Juventud del Municipio en coordinación con las demás Entidades Municipales. 9. Garantizar una permanente interlocución del gobierno municipal en todos sus niveles con los jóvenes, organizaciones, redes y consejo de juventud del municipio. 10. Promover la realización de investigaciones y diagnósticos sobre la juventud en el Municipio. 11. Adoptar programas y actividades que estén orientados a sensibilizar la opinión pública con situaciones específicas que afecten la población juvenil. 12. Gestionar proyectos, programas y recursos en materia de juventud ante Organizaciones no Gubernamentales, comunitarias, empresas privadas y organismos de orden nacional e internacional, para la promoción de las iniciativas empresariales que generen un desarrollo económico para los jóvenes de Jamundí. 13. Las demás funciones que sean necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la dependencia, o que le sean asignadas a través de diferentes normas o por autoridad competente.
|