1. Adelantar la instrucción en los procesos disciplinarios que se adelantan contra los servidores y ex servidores de la Administración Municipal, de conformidad con los procedimientos, términos y demás requisitos señalados en el Código General Disciplinario y demás normas disciplinarias vigentes. 2. Ejercer la actuación o potestad disciplinaria que le otorga, obliga o impone, el Código General Disciplinario con relación a los servidores públicos. 3. Coordinar los procesos de capacitación a funcionarios de la Administración Municipal en temas disciplinarios, con la Secretaría de Gestión Institucional de acuerdo con las instrucciones impartidas por el área. 4. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas con la oportunidad y periodicidad requerida, con el fin de facilitar la toma de decisiones. 5. Responder requerimientos y solicitudes de los organismos de control, entidades del sector público, privado y ciudadanía en general, de acuerdo a los términos y condiciones necesarias con el fin de facilitar investigaciones, estudios y/o dar a conocer temas de competencia de la Dependencia. 6. Recibir quejas sobre presuntas omisiones de faltas disciplinarias o violatorias del Código General Disciplinario. 7. Practicar las Comisiones procedentes de las procuradurías y órganos de control, cuando le sea encomendada esta labor. 8. Efectuar las gestiones necesarias ante los entes de control competentes para hacer efectiva la ejecución de las sanciones disciplinarias que se impongan a los servidores públicos de la administración municipal de Jamundí. 9. Requerir a las instancias internas y externas a fin de dar cumplimiento a los fallos disciplinarios. 10. Las demás funciones que sean necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la dependencia, o que le sean asignadas a través de diferentes normas o por autoridad competente.
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